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INFORMACION
Esta información acerca de la Inspección Técnica de Vehículos le
orientará sobre el porqué de la misma, en qué consiste y qué beneficios le
supone. La seguridad del vehículo se apoya, en gran parte, en el buen estado
permanente de sus órganos, siendo la comprobación periódica de las condiciones
de seguridad el fin primordial de la I.T.V., sirviendo también como prevención
de posibles accidentes y averías. Los centros de I.T.V. están equipados con los
medios humanos y materiales más idóneos para verificar el correcto estado de los
órganos esenciales de su vehículo, como dirección, alumbrado, frenos, etc. Debe
considerar la I.T.V. como un elemento que mejora las condiciones de su vehículo,
su propia seguridad y la de los demás usuarios de las vías.
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Adaptándose a lo establecido por la comunidad Europea en
materia de inspecciones periódicas de automóviles, se reguló en España por Real
Decreto 2344 de 1985, actualizado por el Real Decreto 2042/1994 de 14 de Octubre
de 1994, la obligatoriedad de la Inspección Técnica de Vehículos, fundamentada en
una revisión que minimizase el riesgo de accidentes por causas técnicas y verificase
la aptitud de los vehículos para circular. El calendario de revisiones fue fijado
por la Administración central, que trasladó más tarde las competencias a las diversas
Comunidades Autónomas. De esta forma, se implantó en España un sistema de inspección
fiable y seguro, con voluntad de servicio al público, cuyo fin era y es eliminar
en lo posible el riesgo de accidentalidad y contribuir, por tanto, a una mayor seguridad
vial.
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La Inspección Técnica es una garantía de seguridad; por
este motivo, las revisiones se llevan a cabo con la más avanzada maquinaria, y son
realizadas por un competente equipo de técnicos profesionales. Las revisiones deben
efectuarse según la normativa prevista en el Manual de Procedimiento de Inspección
de las Estaciones de ITV, editado por el Ministerio de Industria y Energía. Le será
entregado un informe firmado por los técnicos reponsables de la estación ITV, donde
queda reseñado el estado de todos elementos de seguridad de su vehículo, y que les
servirá para conocer las posibles deficiencias en partes vitales (frenos, dirección,
alumbrado, etc.) que afecten a su seguridad. Conviene tener en cuenta que la legislación
vigente prevé la sanción a los vehículos que, estando obligados, no pasen la correspondiente
Inspección Técnica. En este sentido, el identificativo adhesivo, comprobante de
haber pasado la ITV, deberá colocarse, bien visible, en el ángulo superior derecho
del parabrisas delantero. |
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